Concesión definitiva de subvenciones en materia de ayudas para estudiantes de grado y formación profesional del municipio de Eivissa curso 2019/2020
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· Resolución definitiva en pdf
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Propuesta de resolución provisional ayudas a estudiantes universitarios y de formación profesional
Propuesta de resolución provisional y se notifica a los interesados mediante la publicación en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Eivissa, con un plazo de DIEZ días hábiles para formular alegaciones. Publicado: 19 de noviembre de 2020.
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· Resolución provisional en pdf
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Decreto de requerimiento de subsanación a las ayudas a estudiantes universitarios y de formación profesional
Se requiere a las personas interesadas (identificadas con los respectivos números de registro de entrada de sus solicitudes), de acuerdo con el artículo 68.1 de la LPACAP, para que en el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este requerimiento en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Eivissa, subsanen las deficiencias detectadas en sus solicitudes y/o presenten al Departamento de Juventud del Ayuntamiento de Eivissa la documentación requerida, para decidir si se admiten a trámite o no estas solicitudes. (Fecha de publicación: 28 de octubre de 2020)
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· Decreto de requerimiento de subsanación en pdf
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Ayudas para estudiantes de grado y formación profesional del municipio de Eivissa para el curso 2019/2020.
Los estudios objeto de estas ayudas deben ser títulos oficiales cursados en centros de toda España y con validez en todo el Estado español.
El plazo de solicitud es del 9 al 22 de septiembre de 2020.
En concreto, son objeto de ayudas:
a) Estudios presenciales y no presenciales cursados en Eivissa o fuera de la isla.
1. Estudios universitarios de grado.
2. Ciclos formativos de grado superior.
Los estudios no presenciales se considerarán siempre como cursados en Eivissa.
La finalidad de estas ayudas es paliar los gastos económicos derivados de matrículas, desplazamientos y materiales, entre otros, que soportan los / las estudiantes y las familias.
Se otorgarán un máximo de cien ayudas repartidas de la siguiente manera:
a) cincuenta ayudas de 700,00 € para los estudiantes que realicen los estudios en Eivissa:
-veinte y cinco para estudiantes de grado.
-veinte y cinco para estudiantes de formación profesional.
En caso de que no se cubran la totalidad de las ayudas para estudiantes de grado o de formación profesional, pueden otorgarse independientemente de que los estudios cursados sean de grado o de formación profesional.
b) cincuenta ayudas de 1.100,00 € para los estudiantes que realicen los estudios fuera de la isla de Ibiza:
-veinte y cinco para estudiantes de grado.
-veinte y cinco para estudiantes de formación profesional.
En caso de que no se cubran la totalidad de las ayudas para estudiantes de grado o de formación profesional, pueden otorgarse independientemente de que los estudios cursados sean de grado o de formación profesional.
Asimismo, en caso de que no se cubran la totalidad de las ayudas destinadas en las categorías de los apartados a) o b), pueden otorgarse independientemente de que los estudios sean cursados en Eivissa o fuera de la isla de Eivissa.
Requisitos para solicitar las ayudas y forma de acreditarlos
Pueden ser beneficiarios de estas ayudas los/las estudiantes que cumplan los requisitos siguientes:
1. Estar empadronado/a en el municipio de Eivissa con una antigüedad mínima de 3 años continuados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOIB (Boletín Oficial de las Islas Baleares). El Ayuntamiento de Eivissa comprobará este requisito con el Padrón municipal.
2. Estar matriculado, en centros de toda España los estudios establecidos en el artículo 3, con los siguientes mínimos:
a) Para los estudiantes universitarios de grado: al menos el 80% de los créditos previstos en el plan de estudios para el curso que se está cursando, incluido el proyecto o trabajo de fin de grado. Cuando se trate del resto de créditos para conseguir la titulación, se exigirá estar matriculado de un mínimo de 24 créditos.
b) Para los estudiantes de ciclos formativos: el 100% del curso.
3. Para los estudiantes que cursen segundo curso y siguientes:
a) Estudiantes de grado: haber aprobado el 75% de los créditos matriculados en el curso anterior.
b) Estudiantes de ciclos formativos: haber aprobado el 100% de los créditos del curso anterior.
Este requisito se acreditará con la documentación académica que debe acompañar a la solicitud.
La documentación y/o los datos que debe acompañar la solicitud son las siguientes:
A. Documento de identidad de la persona solicitante.
B. Documentación acreditativa del historial académico del estudiante en el que conste, tanto para estudiantes universitarios de grado como para estudiantes de ciclos formativos:
- Matrícula de los dos últimos cursos (excepto los estudiantes de primer curso, que sólo tendrán que entregar la matrícula de primer curso), con especificación de créditos y asignaturas.
- Estudiantes de ciclo formativo: certificado académico oficial con indicación de la nota media de todas las asignaturas cursadas.
- Estudiantes universitarios: plan de estudios y certificado académico oficial con indicación de la nota media de todas las asignaturas cursadas. La nota media deberá expresarse conforme al Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
D. Anexo I. Asignaturas y créditos.
Las personas interesadas pueden realizar la solicitud de forma presencial solicitando cita previa en el Registro de Entrada del Ayuntamineto de Eivissa, situado en la calle Canàries; o de forma telemática, con certificado digital a través de la sede electrónica: Trámite de solicitud
Enlace a:
· Bases de la convocatoria en pdf
· Anuncio de la convocatoria en pdf
· Modelo de solicitud en pdf
· Documento M-004
· Trámite de solicitud
· Cita previa para hacer la solicitud presencialmente en el Registro de Entrada