El Ajuntament d'Eivissa regula la formación interna de los trabajadores mediante el convenio colectivo para el personal laboral y el pacto regulador de las condiciones laborales del personal funcionario.
En ambos documentos se establece que la formación profesional es un objetivo prioritario en la estrategia de mejora de los servicios que el Ajuntament d'Eivissa presta a los ciudadanos, y que además constituye un factor básico del aumento de motivación e integración de los empleados públicos.
En esta línea, el Consistorio propone políticas de formación para distintos casos, como la adaptación a un nuevo puesto de trabajo, favorecer la promoción interna, y para el reciclaje y la capacitación profesional.
Para ello, de forma anual, previa negociación con los representantes de los trabajadores, el Consistorio elabora y aprueba un Plan de Formación Continua de Personal, que recoge de manera planificada los objetivos de la formación, las acciones y cursos a realizar.
El acceso como empleado público al ayuntamiento y sus organismos autónomos se consigue tras superar el correspondiente proceso selectivo, bajo los principios de igualdad, mérito y capacidad, así como de publicidad de sus convocatorias y de sus bases, y transparencia.
Las personas interesadas pueden acceder a toda la información relacionada con cada convocatoria y hacer un seguimiento de las puntuaciones obtenidas a través del apartado “procesos selectivos” del que dispone la web municipal sin necesidad de desplazarse personalmente a las oficinas municipales.
Durante el desarrollo de los mismos se garantizará la imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección, así como la independencia y discrecionalidad técnica en su actuaciones.
El sistema de acceso a los diferentes puestos de trabajo reservados a personal funcionario viene establecido en la Relación de Puestos de Trabajo de Personal Funcionario (RPT) y en ella se determina qué puestos son de entrada y los que son susceptibles de proveer mediante la libre designación o concurso de méritos.
Para el personal laboral, el convenio colectivo prevé la provisión de puestos de trabajo ante la creación de un nuevo puesto o bien por una vacante, así como la promoción profesional e interna, para los que se convocarán las oportunas pruebas de selección.